
Informado hoy por el Ministro de. Finanzas y Precio, las siguientes medidas de flexibilización:
1- Extender el plazo del beneficio arancelario para la importación sin carácter comercial de alimentos, aseo y medicamentos por la vía de pasajeros como equipaje acompañado, hasta el 31 de diciembre de 2023.
2- Aprobado de manera temporal, a partir del 1 julio y hasta el 31 de diciembre de 2023, lo siguiente.
- Autorizar la exención del pago de los aranceles aduaneros de los alimentos, aseo y medicamentos que se importen por Equipaje No Acompañado, hasta un límite de importación de 500 USD del valor o peso equivalente hasta 50 kg, en la relación peso/valor establecido por la Aduana.
- Se incrementa el límite del valor de 200 USD hasta 500 USD para los envíos aéreos, marítimos y postales no comerciales. Se mantiene la exención del pago de impuestos aduanero a los primeros 30 USD del valor o su peso equivalente a 3 kg, y aplicar al exceso de este, una tarifa arancelaria del 30 %.
- Se aprueba la exención del pago del impuesto aduanero a los alimentos, aseo y medicamentos que se importen sin carácter comercial por envíos aéreos, marítimos y postales, hasta un límite de 200 USD o peso equivalente hasta 20 kg en relación peso/valor.
IMPORTANTE,, Para la aplicación de estos beneficios se mantiene la condición de q estos artículos (alimento, aseo y medicamentos) q se importen como parte del equipaje del pasajero o como envíos, se presentarán ante Aduana en bultos separados del resto de los productos.
Las normas legales que amparan estás medidas serán publicadas próximamente en la Gaceta Oficial.
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