
Vladimir Regueiro Ale, viceministro primero de Finanzas y Precios, dijo que ese organismo integra desde el inicio este grupo de trabajo, en cuanto a las normas relativas al pago de aranceles.
Sobre la medida establecida desde el Decreto Ley 162 de Aduanas, referida a los regímenes especiales para la importación temporal para el perfeccionamiento de activos o para la devolución de los derechos o de los impuestos aduaneros, comentó que esos estos regímenes son especiales porque “estimulan la exportación y la inserción internacional que pueden tener nuestras empresas del sector estatal y también los nuevos actores de la economía”.
Precisamente –continuó–, esa es la principal actualización con esta norma, en cumplimiento del mandato que tiene ese decreto ley para el Ministerio de Finanzas y Precios, de reglamentar estos dos regímenes.
Recordó que la Resolución 85 fue emitida en 2013 y está vigente. Es la que se está actualizando.
Explicó que el principal cambio es que a estos regímenes, que son estímulos a la exportación, pueden aplicar también las nuevas formas de gestión no estatal a las que recientemente se les autorizó, se amplió el marco normativo para que puedan realizar operaciones de exportación e importación.
Añadió que el régimen de perfeccionamiento activo “se trata de una suspensión del pago de los derechos arancelarios del impuesto aduanero cuando estas mercancías se importan con el objetivo de tener un proceso de transformación por nuestra industria, por un proceso productivo que enriquece, se le incrementa el valor, y están destinadas a la exportación por un periodo que se declara con los requisitos que ante aduana se deben certificar para optar por el mismo.
“Esto lo pueden hacer actualmente las empresas estatales y también lo podrán hacer las nuevas formas de gestión con la autorización correspondiente”, reiteró.
“Otro de los cambios está relacionado con el aprovechamiento del proceso de informatización que ha tenido la propia aduana: el registro de la factura, las operaciones, los mismos registros de aduana, que son informaciones que ya no se solicitarían en el mismo volumen a este actor económico, toda vez que está a disposición de la autoridad que va a hacer el control específico de la procedencia o no de este régimen.
“Al implementar estos regímenes y al actualizar esta norma, también estamos contribuyendo a la implementación de un Lineamiento, el 42, que es precisamente estimular las exportaciones, la inserción de nuestras empresas en el mercado internacional. Y todo esto favorece también la asimilación de la tecnología.
“Los términos también los estamos acortando con el objetivo de facilitar todos estos procesos. Estamos conscientes de que la actualización y modificación de estos procedimientos no son suficientes y que debemos desplegar en conjunto con la Aduana y nuestro propio ministerio un proceso de capacitación, de sensibilización y aprendizaje de todos los actores económicos”, comentó el viceministro primero de Finanzas y Precios.
“Son mecanismos que se tienen que explotar más y hacer una estrategia para estimular las exportaciones en el país. Eso se une a otros estímulos fiscales que se han ido aprobando, siguiendo la línea de priorizar a aquellos que tienen que ver con la actividad exportadora”, concluyó.
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