#GlosarioAduanero

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menaje
Autor
Nilexis Velez Garcia

Menaje de casa: Incluye los enseres domésticos, entendiéndose como tal a los artículos muebles y enseres que no teniendo el carácter de efectos personales sirven para el uso o la comodidad doméstica.

Para más información consulte la Resolución 122/2009 de la Aduana General de la República que se encuentra recogida en la Gaceta Oficial 014 Ordinaria del 10.04.2009.

Puede encontrarla en nuestra página web buff.ly/3Ug0qoH accediendo por mediación del siguiente enlace: https://buff.ly/490iUO6

Trabajamos por la excelencia en el servicio

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