Qué puedo y no puedo importar

A la salida del país no lleve consigo o en el equipaje que lo acompaña:

  • Drogas y estupefacientes Sustancias psicotrópicas o alucinógenos

  • Sustancias precursoras

  • Explosivos

  • Hemoderivados

  • Literatura, artículos y objetos obscenos o pornográficos o que atenten contra los intereses generales de la nación

No se permite la exportación de los siguientes artículos y productos:

  • Bienes culturales declarados parte del Patrimonio Cultural de la Nación

  • Libros manuscritos, incunables (editados entre 1440 y 1500)

  • Libros y folletos que tengan cuños de bibliotecas del Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas y de Organismos e Instituciones cubanas, así como Libros Cubanos de ediciones "R"

  • Libros, folletos y publicaciones seriadas extranjeras impresas en los siglos XVI al XVIII y cubanos publicados en el siglo XVIII

  • Langosta, en cualquier cantidad y forma de presentación

I- No se admite la importación de:

  • Sustancias psicotrópicas o alucinógenos.

  • Sustancias precursoras.

  • Explosivos.

  • Hemoderivados.

  • Drogas y estupefacientes.

  • Literatura, artículos y objetos obscenos o pornográficos o que atenten contra los intereses generales de la nación.

  • Acondicionadores de aire con una capacidad superior a 1 tonelada o  12,000 BTU;

  • Cocinas y hornillas eléctricas, salvo las llamadas vitrocerámicas de inducción, de cualquier modelo y que su consumo eléctrico no exceda 1500 Watt, por foco;

  • Hornos eléctricos, salvo los denominados microonda (microwave) y que su consumo eléctrico no exceda 2000 Watt.

  • Resistencias eléctricas de cualquier tipo.

  • Vehículos ligeros de motor (autos, motocicletas y bicicletas de motor de combustión).

  • Motores y carrocería de autos y motocicletas (frames).

  • Productos de origen animal (bovinos, cerdos, ovinos, caprinos y todas las especies de ungulados) susceptibles de ser portadores de enfermedades.