A la salida del país no lleve consigo o en el equipaje que lo acompaña:
Drogas y estupefacientes Sustancias psicotrópicas o alucinógenos
Sustancias precursoras
Explosivos
Hemoderivados
Literatura, artículos y objetos obscenos o pornográficos o que atenten contra los intereses generales de la nación
No se permite la exportación de los siguientes artículos y productos:
Bienes culturales declarados parte del Patrimonio Cultural de la Nación
Libros manuscritos, incunables (editados entre 1440 y 1500)
Libros y folletos que tengan cuños de bibliotecas del Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas y de Organismos e Instituciones cubanas, así como Libros Cubanos de ediciones "R"
Libros, folletos y publicaciones seriadas extranjeras impresas en los siglos XVI al XVIII y cubanos publicados en el siglo XVIII
Langosta, en cualquier cantidad y forma de presentación
I- No se admite la importación de:
Sustancias psicotrópicas o alucinógenos.
Sustancias precursoras.
Explosivos.
Hemoderivados.
Drogas y estupefacientes.
Literatura, artículos y objetos obscenos o pornográficos o que atenten contra los intereses generales de la nación.
Acondicionadores de aire con una capacidad superior a 1 tonelada o 12,000 BTU;
Cocinas y hornillas eléctricas, salvo las llamadas vitrocerámicas de inducción, de cualquier modelo y que su consumo eléctrico no exceda 1500 Watt, por foco;
Hornos eléctricos, salvo los denominados microonda (microwave) y que su consumo eléctrico no exceda 2000 Watt.
Resistencias eléctricas de cualquier tipo.
Vehículos ligeros de motor (autos, motocicletas y bicicletas de motor de combustión).
Motores y carrocería de autos y motocicletas (frames).
Productos de origen animal (bovinos, cerdos, ovinos, caprinos y todas las especies de ungulados) susceptibles de ser portadores de enfermedades.